jueves, 19 de febrero de 2009

"El estado español no tiene religión oficial" (Art. 3 | Constitución de la República Española)

"El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas." (art. 26 de la Constitución de 1931)

Si estás interesado en leer y conocer la Constitución de la República Española (1931). Puedes pulsar aquí.

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